Por Morin Ortiz. Comunicaciones CidSur
Tribunal de Angol consideró cumplida la pena de 3 años y determinó dejar sin pena efectiva al mayor de carabineros en retiro Marco Treuer Heysen, culpable del homicidio del adolescente mapuche Alex Lemún Saavedra, en noviembre del 2002.
“Teníamos la esperanza de que un Tribunal Civil actuaría de una forma distinta a como lo ha hecho la Justicia Militar”, fueron las impresiones de Sebastián Saavedra, abogado querellante en representación de la familia Lemun Saavedra tras conocer la lectura de sentencia por parte del Tribunal de Angol, este lunes 25 de octubre. La parte querellante y la familia del adolescente mapuche estudiarán la posibilidad de interponer un recurso de nulidad en los próximos diez días.
“El dolor que hemos sufrido hasta el día de hoy, ya van a ser 20 años. Ojalá salga bien y que el hombre quede encerrado. Él debe la muerte de mi hijo y también es padre”, señalaba Edmundo Lemún, previo a iniciarse el juicio el pasado 27 de septiembre, por el homicidio del adolescente mapuche Alex Lemún. Cuya vida fue arrebatada en noviembre del 2002 por el entonces mayor de carabineros Marco Treuer Heysen en el Fundo Santa Alicia de Forestal Mininco, en manos de la familia Matte.
A casi un mes de transcurrido el juicio que fue sobreseído por la Justicia Militar hasta ser reabierto por recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el año 2017, este lunes 25 de octubre se conoció la lectura resumida de sentencia en voz de la magistrada Karina Rubio: “Se condena al acusado don Marco Aurelio Treuer Heysen, como autor del delito consumado de homicidio simple a la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio y a la accesoria suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena”.
Sin embargo, la pena no se realizará con cárcel efectiva por considerar la prisión preventiva y las medidas cautelares que Treuer Heysen habría cumplido previo a la pandemia sanitaria en una comisaría de Providencia y luego en su domicilio en Las Condes.
“Atendiendo el tiempo que el sentenciado ha estado privado de libertad con motivo de esta causa, se le da la pena corporal impuesta por cumplida. Fue decretada su prisión preventiva el día 28 de septiembre del 2018, medida que después con fecha 22 de junio de 2020 fue sustituida por la de arresto domiciliario total, la que se ha mantenido ininterrumpidamente hasta el día de hoy, lo que arroja un cómputo de 3 años y 26 días a esta fecha”, señaló la magistrada presente en la lectura, quien junto a la magistrada Solange Arias y el magistrado Etienne Fellay integraron el Tribunal a cargo.
La defensa del acusado, el abogado José Luis Alarcón, solicitó sustituir el régimen cautelar y el arraigo nacional por firma quincenal, “considerando que la cautelar que presenta nuestro representado se transforma en desproporcionada puesto que está sujeto a una medida privativa total de libertad en su domicilio”.
Tras la lectura, el abogado Sebastián Saavedra, presidente del Centro de Investigación y Defensa Sur y representante de la familia de la víctima, señaló: “Han operado lógicas que intentan justificar el actuar de carabineros. Se trata de una pena excesivamente bajapor la gravedad del hecho. Teníamos la esperanza de que un Tribunal Civil actuaría de una forma distinta a como lo ha hecho la Justicia Militar y la verdad es que se asemeja bastante a las penas que se impusieron a los casos de Matías Catrileo y Jaime Mendoza Collio”.
Una vez obtenido el documento detallado de la sentencia, la parte querellante integrada por Sebastián Saavedra y el abogado Eduardo Painevilo, evaluarán junto a la familia del adolescente, interponer un recurso de nulidad que busque revertir esta sentencia para reparar en alguna medida estos 19 años en busca de justicia por parte de la familia Lemún Saavedra.