Por: La Zarzamora
Este miércoles 17 de octubre durante las faenas del socialmente rechazado proyecto Puente Industrial en Concepción, fueron descubiertas osamentas humanas que en primera instancia datarían del año 1400, tratándose de un cementerio (Eltún) ancestral del pueblo mapuche lavkenche.
El proyecto cuenta con amplio rechazo de parte de organizaciones y comunidades penquistas quienes por medio de la organización «No al Puente Industrial», ya habían denunciado la intervención de este proyecto en sitios de interés arqueológico.
De la misma manera este puente es rechazado por intervenir Humedales urbanos primordiales para el ecosistema (Humedal Desembocadura, Humedal Los Batros y Humedal Junquillar), destruir zonas de horticultura que proveen de hortalizas a los mercados penquistas, la intervención y contaminación de la Desembocadura del Río Bío Bío (de la cual viven las comunidades aledañas) y por la destrucción de sitios IBAS, utilizado por las aves migratorias.
Este nuevo descubrimiento de osamentas ancestrales, que llega a comprobar lo que las comunidades han advertido, exige la detención inmediata de las faenas para que el Consejo de Monumentos Nacionales
realice las inspecciones necesarias. De la misma forma si se comprueba el ocultamiento anterior de restos arqueológicos, la Superintendencia del Medio Ambiente, debe ordenar el cese de obra, «por un daño ambiental a un componente protegido por la ley 19.300 (en particular del artículo 11 letra f) que protege el impacto significativo sobre componentes de naturaleza arqueológica», según manifestaron desde la campaña «No al Puente Industrial».
A continuación, compartimos comunicado público de NO AL PUENTE INDUSTRIAL ante los hallazgos.
COMUNICADO PÚBLICO
Campaña NO al Puente Industrial
27.10.2021
Como campaña no al puente industrial declaramos lo siguiente:
El Proyecto de Puente Industrial es un proyecto con Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del año 2019 y modificado en el año 2021, sin que esta modificación haya sido aprobada por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Por tanto, como hemos denunciado reiteradamente, actualmente el proyecto se desarrolla de forma irregular, afectando humedales y bosques no considerados en el estudio de impacto ambiental. El propio SEA consideró en su respuesta por la consulta de pertinencia de ingreso que la información entregada por la empresa concesionaria es insuficiente para estimar las afectaciones a la población.
Con las obras no solo se está afectando el canal Price sin haberlo informado, lo cual ya denunciamos a la SMA, sino que ahora además estaría afectando un sitio de relevancia arqueológica ya que el día de hoy miércoles 27 de octubre del 2021 se han descubierto osamentas que la policía de investigaciones, en primera instancia, estimó que corresponderían al año 1400 tratándose, posiblemente, de un cementerio indígena.
Por lo anterior, es urgente paralizar las obras del proyecto, para que el Consejo de Monumentos Nacionales, que ya tomó conocimiento del asunto, realice las inspecciones correspondientes a fin de determinar la calidad y envergadura de los hallazgos, lo que no se puede permitir que las obras continúen. En otro sentido, la RCA del proyecto “Puente Industrial” se encuentra sujeta a la resolución de dos reclamos pendientes patrocinados por ONG Defensa Ambiental, los que luego serán conocidos por parte Tercer Tribunal Ambiental del país, independiente de la decisión del respectivo Comité de Ministros o de la Comisión Evaluadora Ambiental.
Recalcamos que, en el caso de determinarse que existen vestigios o hallazgos no declarados en el estudio de impacto ambiental, implicaría que éstas obras se estarían realizando fuera del permiso ambiental, por lo que la Superintendencia del Medio Ambiente, tiene la necesidad imperiosa de proceder a decretar la paralización de dichas obras, por un daño ambiental a un componente protegido por la ley 19.300 en particular del artículo 11 letra f) que protege el impacto significativo sobre componentes de naturaleza arqueológica.
Cabe agregar, que al tratarse de sitios de valor arqueológico, en la eventualidad que además se traten de sitios o vestigios correspondientes a pueblos indígenas existentes (Lafkenche o Mapuche), además debiese proceder el Proceso de Consulta Indígena, al existir una afectación en los términos del artículo 6 y 7 del Convenio 169 de la OIT y su reglamento ratificado por Chile y actualmente vigente.
Por todo esto, exigimos enérgicamente el pronunciamiento formal del señor Cristian Tapia del Consejo de Monumentos Nacionales y el señor Juan Pablo Granzow de la Superintendencia de Medio ambiente a fin de ordenar la paralización de obras para poder determinar la naturaleza de los vestigios encontrados y darle la protección que merece.
NO AL PUENTE INDUSTRIAL