Por Paula Alvarado Mamani *, Obra de Portada Roxana Pincheira
Ya se ha mencionado que los términos “feminicidio” y “femicidio” no son sinónimos, pero pareciera que aún existe la dificultad de diferenciarlos. Si bien ambas palabras refieren a los asesinatos de mujeres sólo por su género, tienen un elemento que los diferencia y lo analizamos desde la mirada indígena.En Argentina existe el feminicidio indígena, que se cobra la vida de las mujeres originarias de manera sistemática por luchar en la defensa de sus territorios a la autodeterminación o a la libre determinación de los cuerpos. También esta circunstancia a dado a llamarse como «etnofemicidio” para hacer referencia al asesinato de mujeres indígenas por nuestra condición de mujeres indígenas, y frente a este panorama, desde las mismas mujeres indígenas, empezamos a plantearnos y reconocernos como sujetas femeninas de derechos y como sujetas políticas de derecho.
Nosotras hablamos de Femicidios indígenas, este es un concepto que señala otro tipo de categoría de crímenes contra nosotras, pero que, a diferencia del femicidio, encierra no solo la violencia machista que se encuentra en una sociedad patriarcal, sino que además aparece la violencia racial institucionalizada, es decir es una forma de exterminio elaborada, pergeñada y desarrollada bajo el amparo e impunidad del estado, un genocidio estatal. En este sentido Femicidio es «el asesinato de mujeres como resultado extremo de la violencia de género, que ocurre tanto en el ámbito privado como público y comprende aquellas muertes de mujeres a manos de sus parejas o ex parejas o familiares, las asesinadas por sus acosadores, agresores sexuales y/o violadores, así como aquellas que trataron de evitar la muerte de otra mujer y quedaron atrapadas en la acción femicida». Es decir que es la muerte violenta de una mujer cometida por un hombre por el simple hecho de ser mujer, con independencia que ésta se cometa en el ámbito público o privado y que exista o haya existido o no, alguna relación entre agresor y víctima.En cambio, Feminicidio tiene una connotación política que implica la denuncia de la inactividad, con claro incumplimiento de las convenciones internacionales, de los Estados, y utilizando el concepto para denominar al conjunto de hechos que contienen los crímenes y las desapariciones de mujeres cuando concurra, el silencio, la omisión, la negligencia, la inactividad de las autoridades encargadas de prevenir y erradicar estos crímenes.
Hay feminicidio cuando el Estado no da garantías a las mujeres y no crea condiciones de seguridad para sus vidas en la comunidad, en el hogar, ni en el lugar de trabajo, en la vía pública o en lugares de ocio. No sólo es el asesinato sino que conlleva otros actos de violencia previa, comprende así toda una progresión de actos violentos que van desde el maltrato emocional, psicológico, los golpes, los insultos, la tortura, la violación, la prostitución, el acoso sexual, el abuso infantil, el infanticidio de niñas, las mutilaciones genitales, la violencia doméstica y toda política que derive en la muerte de las mujeres, tolerada por el Estado.
En cuanto a la práctica conocida como “Chineo”, no es una práctica desconocida y se trata de jóvenes criollos que salen a buscar “chinitas” (indígenas niñas o adolescentes) a las que persiguen y toman sexualmente por la fuerza. Se trata de una pauta cultural tan internalizada y como resultado se obtiene las violaciones de las mujeres, el sometimiento a servidumbre sexual y explotación de la fuerza de trabajo. Estos antecedentes conformaron una matriz racista y discriminadora que “naturalizó” estos delitos, de tal manera que no ha habido reacción judicial o institucional. Las niñas principalmente de las Comunidades del interior del país han sufrido y sufren violaciones por parte de criollos con cierto poder económico y social, con la excusa de que las eligen a modo de rito iniciático de la sexualidad generalmente disfrazado de costumbre cultural y por ende sin ser visto por las autoridades competentes, y quedando así no esclarecidas.
Para todas estas violaciones a los Derechos Humanos de las Niñas y Mujeres Indígenas las dificultades se centran en los distintos operadores jurídicos. Las fiscalías no inician las investigaciones por el delito de feminicidio, no siguen los protocolos de actuación que se establecen para estos casos de muertes violentas: no se recogen los indicios, las pruebas, no se hace una investigación eficiente, no se acude al lugar de los hechos en el momento. Por otro lado, la falta de personal judicial capacitado y sensibilizado, y la no inclusión de la perspectiva de género y cultural hacen que los casos permanezcan impunes.
*Publicado orginalmente para #TeleSISA, Argentina.